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	<title>Comentarios en: LEGO Educación. El gran desconocido.</title>
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	<description>El blog para los amantes de LEGO</description>
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		<title>Por: jmacias</title>
		<link>http://www.ladrillitos.com/2008/10/21/lego-educacion-el-gran-desconocido/comment-page-1/#comment-96</link>
		<dc:creator>jmacias</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Mar 2009 20:19:10 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.ladrillitos.com/?p=175#comment-96</guid>
		<description>Estimada ASESORIA, en relación a la consulta NO VINCULANTE, podemos encontrar varias consultas adicionales, donde no se deja claro como se demuestra &quot;el uso exclusivo&quot; para educación. Más aún, se permiten que artículos de uso mixto, tributen al 4% siempre y cuando en el envoltorio quede muy claro que es para educación.

En este sentido, la ley no está muy clara, les animo a realizar una consulta específica a AEAT sobre este caso, por ejemplo, cuando se compra material escolar en un centro comercial, no piden al cliente que justifique el uso exclusivo para educación del material.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada ASESORIA, en relación a la consulta NO VINCULANTE, podemos encontrar varias consultas adicionales, donde no se deja claro como se demuestra &#8220;el uso exclusivo&#8221; para educación. Más aún, se permiten que artículos de uso mixto, tributen al 4% siempre y cuando en el envoltorio quede muy claro que es para educación.</p>
<p>En este sentido, la ley no está muy clara, les animo a realizar una consulta específica a AEAT sobre este caso, por ejemplo, cuando se compra material escolar en un centro comercial, no piden al cliente que justifique el uso exclusivo para educación del material.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Por: ASESORIA</title>
		<link>http://www.ladrillitos.com/2008/10/21/lego-educacion-el-gran-desconocido/comment-page-1/#comment-95</link>
		<dc:creator>ASESORIA</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Mar 2009 18:53:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.ladrillitos.com/?p=175#comment-95</guid>
		<description>Estimados Sres.,

Me dirijo a Vds. con el fin de manifestar mi disconformidad con lo publicado.

A estos efectos conviene recordar la Consulta de la Dirección General de Tributos 2176-03 del 4/12/2003 que, textualmente, dice:

“…tributarán por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 4 por ciento las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de los artículos objeto de consulta denominado Lego educacional y Lego Mindstorms, dado que, por sus características y configuración, sus aplicaciones fundamentales son de material escolar, siempre que se acredite el destino exclusivo de dichos objetos como material escolar…”

En consecuencia, la aplicación del tipo reducido del 4% está condicionada a la acreditación del destino exclusivo de dichos objetos como material escolar.

A efectos informativos, indicarle que la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, en su artículo Artículo 9 establece que “Se considera desleal la realización o difusión de manifestaciones sobre la actividad, las prestaciones, el establecimiento o las relaciones mercantiles de un tercero que sean aptas para menoscabar su crédito en el mercado, a no ser que sean exactas, verdaderas y pertinentes.”

Atentamente,</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimados Sres.,</p>
<p>Me dirijo a Vds. con el fin de manifestar mi disconformidad con lo publicado.</p>
<p>A estos efectos conviene recordar la Consulta de la Dirección General de Tributos 2176-03 del 4/12/2003 que, textualmente, dice:</p>
<p>“…tributarán por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 4 por ciento las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de los artículos objeto de consulta denominado Lego educacional y Lego Mindstorms, dado que, por sus características y configuración, sus aplicaciones fundamentales son de material escolar, siempre que se acredite el destino exclusivo de dichos objetos como material escolar…”</p>
<p>En consecuencia, la aplicación del tipo reducido del 4% está condicionada a la acreditación del destino exclusivo de dichos objetos como material escolar.</p>
<p>A efectos informativos, indicarle que la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, en su artículo Artículo 9 establece que “Se considera desleal la realización o difusión de manifestaciones sobre la actividad, las prestaciones, el establecimiento o las relaciones mercantiles de un tercero que sean aptas para menoscabar su crédito en el mercado, a no ser que sean exactas, verdaderas y pertinentes.”</p>
<p>Atentamente,</p>
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